INCUBADORA IMPULSA ADER

“IMPULSA” es la incubadora de emprendimientos productivos desarrollada por ADER.

OBJETIVOS
– Realizar Acciones de promoción y difusión de la cultura emprendedora
– Prestar asistencia técnica a favor de los emprendedores interesados.
– Realizar el seguimiento y aval de los proyectos presentados ante organismos nacionales y provinciales.

Para obtener más información, comunicarse a:

0342-4591588 Int 103/104
Mail: adersantafe@gmail.com

 

ENTIDAD ESPECIALIZADA DE APOYO EMPRENDEDOR (EEAE)

Para presentarse con ADER como EEAE a proyectos de Nación, se deberá contactar a la EEAE – ADER
y presentar formulario del proyecto, como mínimo 10 (diez) días antes del cierre de la convocatoria.

ORGANIZACIÓN VINCULANTE OV

La AGENCIA PARA EL DESARROLLO DE SANTA FE Y SU REGIÓN – ADER en el marco de las Convocatorias de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Santa Fe actuará como Organización Vinculante – OV

REQUISITOS
– Contactarse con la OV – ADER como mínimo 10 (diez) días antes del cierre de la convocatoria.
– Proyecto completo a presentar.
– Diagrama de Gantt con las erogaciones previstas.
– Datos de contacto (mail, teléfono).

En caso de ser aprobado el proyecto por la Secretaría de Ciencia, Tecnología e
Innovación
– Una vez notificada la OV del proyecto aprobado por parte de la secretaría, la misma cuenta con 10 días hábiles para cumplimentar con la documentación necesaria.

– Se solicitará al beneficiario el Proyecto Aprobado con el dictamen correspondiente de parte de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación. El director del proyecto deberá presentar a la OV el detalle de proveedores y/o servicios profesionales a contratar con los recursos del proyecto.

– Posteriormente, una vez recibida la resolución por la que se le otorgan los fondos a la OV, se confeccionará un convenio, se le solicitará a la beneficiaria los datos de una cuenta bancaria y se citará al responsable del proyecto aprobado para la firma del mismo.

– Los desembolsos del ANR serán no menos de 3 (tres), y se efectivizarán previa presentación de rendición financiera e informe técnico firmado por el responsable del proyecto en carácter de Declaración Jurada.

– Queda facultada la OV para requerir cualquier otra información y/o documentación que entienda necesaria a los efectos de comprobar la correcta imputación de la asistencia financiera y ejecución del proyecto.